Articulo 4 Salud Pública de Euskadi

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Artículo 4.- Definiciones.

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A los efectos de esta ley serán aplicables las siguientes definiciones:

Agentes de la autoridad sanitaria: personal funcionario debidamente acreditado al servicio de las diferentes administraciones competentes en materia de salud pública, con la debida acreditación para el ejercicio de las funciones de intervención, inspección y control.

Agentes de la salud: profesionales y agentes, tanto individuales como colectivos, que promueven, velan por y cuidan la salud de las personas y de la comunidad, en colaboración con la ciudadanía, para incidir en las conductas y en los determinantes de la salud.

Autocontrol: conjunto de obligaciones de las personas físicas o jurídicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley con el fin de garantizar la inocuidad y salubridad de los productos, las actividades y los servicios respectivos.

Autoridad sanitaria: órgano de la Administración que, en el ejercicio de su responsabilidad, y de acuerdo con las competencias que le reconoce la normativa, dicta disposiciones y adopta y aplica medidas que obligan a particulares, colectivos e instituciones, de forma personal o a sus bienes, al objeto de proteger la salud de la población.

Cambio climático: cambio del clima, atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante periodos de tiempo comparables. Sus consecuencias impactan directa e indirectamente en la salud de la población a través de fenómenos meteorológicos extremos, inseguridad en el acceso a alimentos y agua, desnutrición y desplazamientos forzados, entre otros fenómenos posibles. Asimismo, agrava, complica y aumenta la mortalidad, morbilidad y discapacidad por lesiones, enfermedades transmisibles y crónicas.

Comunicación de riesgos: el intercambio, a lo largo del proceso de evaluación y gestión del riesgo, de información y de opiniones relacionadas con los peligros y riesgos, entre las personas, físicas o jurídicas, encargadas de la evaluación de riesgos y las encargadas de su gestión, la ciudadanía y los representantes sociales, económicos y académicos y demás partes interesadas. La comunicación comprende la explicación de los resultados de la evaluación del riesgo y de los fundamentos de las decisiones tomadas en el marco de la gestión del riesgo.

Cribado: actividades orientadas a la detección precoz de la enfermedad, su diagnóstico y tratamiento temprano, y que, en el marco de programas organizados, se ofrecen activamente al conjunto de la población susceptible de padecer la enfermedad, aunque no tenga síntomas ni haya demandado ayuda médica.

Desigualdades en salud: diferencias en la salud evitables que son el resultado de las distintas oportunidades y recursos relacionados con la salud que tienen las personas en función de sus condiciones sociales, económicas, de género, demográficas o geográficas, lo que se traduce en una mejor o peor salud.

Detección precoz: Identificación de un riesgo, problema de salud o enfermedad en el momento más próximo a aquel en que se manifiesta, con el objetivo de adoptar todas las medidas preventivas o terapéuticas necesarias.

Determinantes de la salud: conjunto de factores interrelacionados que afectan a la salud y la calidad de vida de las personas y de las poblaciones, y que incluyen los hábitos de vida individuales, la educación, las redes sociales y comunitarias, las condiciones de vida y trabajo, el acceso a los servicios y las condiciones socioeconómicas, culturales y ambientales de carácter más estructural.

Educación para la salud: estrategia básica para promover la responsabilidad personal y social en materia de salud, que incorpora conocimientos, actitudes y conductas saludables, y contribuye al desarrollo de valores, actitudes y habilidades personales que conduzcan a la mejora de la salud individual y colectiva, mediante la capacitación para tomar las decisiones más adecuadas para el cuidado de la salud propia y de la ajena.

Emergencia de salud pública: situación extraordinaria que se produce cuando se da un riesgo para la salud pública o tiene lugar un evento de salud pública con la potencialidad de afectar gravemente la salud de la población.

Equidad en salud: condición y objetivo social tendente a que la salud de las personas y los grupos sociales se distribuya sin diferencias determinadas por condiciones individuales, sociales o económicas evitables o aminorables.

Evaluación del impacto en la salud: combinación de procedimientos, métodos y herramientas con los que puede ser analizada una norma, plan, programa o proyecto en relación con sus efectos potenciales en la salud de la población y acerca de la distribución de dichos efectos.

Evaluación del riesgo: proceso por el cual se analiza la probabilidad de ocurrencia y las posibles consecuencias del daño o del evento que surge como resultado de la exposición a determinados riesgos. Es un proceso interactivo que se inicia con la detección de un evento y que continúa hasta el control del evento como tal.

Factor de protección: condición, situación, conducta o elemento que aumenta la probabilidad de mantener o mejorar la salud.

Factor de riesgo: condición, situación, conducta o elemento que aumenta la probabilidad de aparición de un efecto negativo para la salud.

Gestión del riesgo: conjunto de actuaciones destinadas a evitar o minimizar un riesgo o sus consecuencias en la salud. Este proceso consiste en sopesar las alternativas, teniendo en cuenta la evaluación del riesgo y demás factores pertinentes, y comprende, si es preciso, la selección y aplicación de las medidas de prevención y control más adecuadas, además de las reglamentarias.

Gobernanza o buen gobierno de la salud pública: conjunto de valores, criterios y órganos de decisión dirigidos a establecer, apoyar, supervisar y evaluar los fines, medios y resultados de las acciones y los agentes de la salud pública, con el fin de velar por su adecuación, eficacia, eficiencia, sostenibilidad, ética, transparencia y adecuación a las normas.

Intervención administrativa en materia de salud pública: intervención que se lleva a cabo a través de la comunicación en materia de salud pública, el establecimiento de regímenes de autorización y comunicación para el ejercicio de actividades, la configuración de registros sanitarios, la inspección y control sanitario de las actividades, la toma de muestras y el control analítico, la realización de actas de inspección, la implementación de medidas cautelares y la adopción de medidas de intervención sobre las personas.

Medidas especiales en materia de salud pública: conjunto de medidas de vigilancia, prevención, contención y control en caso de crisis de salud pública, emergencia sanitaria, pandemia u otros riesgos de carácter transmisible, o cuando así lo exijan razones epidemiológicas o sanitarias de urgencia o necesidad debidamente justificadas.

Pandemia: propagación mundial de una enfermedad generada por un microorganismo que se transmite de forma eficaz y es capaz de producir casos por transmisión comunitaria en múltiples lugares.

Política de salud: declaración o directriz oficial de las instituciones públicas que define las prioridades y los parámetros de actuación como respuesta a las necesidades de salud, a los recursos disponibles y a otros condicionantes políticos.

Prevención: conjunto de actuaciones destinadas a reducir en la población la incidencia y la prevalencia de enfermedades, lesiones, problemas de salud y discapacidades, así como sus factores de riesgo, y detener su avance y atenuar o eliminar en la medida de lo posible sus consecuencias negativas.

Promoción de la salud: proceso que permite a las personas incrementar el control sobre su salud para mejorarla. Incluye todas las acciones dirigidas directamente a fortalecer las habilidades y capacidades de las personas, así como aquellas dirigidas a modificar las condiciones sociales, ambientales y económicas con el fin de fomentar su impacto favorable o mitigar su impacto negativo en la salud pública e individual.

Protección de la salud: conjunto de actuaciones, prestaciones y servicios dirigidos a garantizar y a preservar la salud de la población ante los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el medio ambiente y en los productos alimentarios.

Salud ambiental: conjunto de actuaciones, prestaciones y servicios destinados a garantizar la disminución o eliminación de los efectos perjudiciales que para la salud puedan causar los factores ambientales de carácter físico, químico o biológico a los que pueda hallarse expuesta la población.

Salud en el entorno educativo: conjunto de actuaciones, prestaciones y servicios dirigidos a la prevención y promoción de la salud en los centros de educación.

Salud laboral: conjunto de actuaciones, prestaciones y servicios orientados a la prevención y promoción de la salud de la población trabajadora, en relación con las condiciones y riesgos derivados del trabajo.

Seguridad alimentaria: conjunto de actuaciones, prestaciones y servicios destinados a velar por la inocuidad y salubridad de los productos alimentarios en su producción, transformación, distribución y consumo, consiguiendo con ello alimentos saludables para una correcta nutrición.