Articulo 4 Residuos y su Fiscalidad
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Artículo 4. Competencias en materia de residuos y de la cooperación y coordinación interadministrativa.

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Las competencias en materia de residuos serán las establecidas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Además, corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra:

a) El cobro y gestión del impuesto a la eliminación en vertedero y a la incineración de residuos.

b) La gestión del Fondo de residuos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-06-2018 en vigor desde 23-06-2018