Articulo 4 Reglamento del...Territorio

Articulo 4 Reglamento del Consejo de Ordenación del Territorio

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 4. Adscripción

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón se adscribe, sin dependencia jerárquica, al Departamento competente en materia de ordenación del territorio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2010 en vigor desde 21-07-2010