Articulo 4 Registro estatal de prestadores de los servicios de comunicación audiovisual, de intercambio de vídeos a través de plataforma y de agregación de servicios de comunicación audiovisual
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»Artículo 4. Naturaleza y dependencia orgánica.
Vigente
1. El Registro Estatal tiene ámbito estatal, naturaleza administrativa, carácter público y gestión electrónica.
2. El órgano responsable de la gestión del Registro Estatal es la Subdirección General de Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, dependiente del Ministerio de Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.