Articulo 4 Régimen Jurídi...s Públicas

Articulo 4 Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

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Artículo 4.

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1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma constituye el instrumento para el ejercicio de las funciones administrativas y la prestación de los servicios que dicha Comunidad deba realizar directamente.

2. Corresponde al Gobierno de Canarias la organización y dirección de la Administración Pública de la Comunidad a fin de adecuarla al cumplimiento de los fines que la justifican.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-08-1990 en vigor desde 21-08-1990