Articulo 4 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
Articulo 4 Reforma del Es... Andalucia

Articulo 4 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 4. Capitalidad y sedes.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La capital de Andalucía es la ciudad de Sevilla, sede del Parlamento, de la Presidencia de la Junta y del Consejo de Gobierno, sin perjuicio de que estas instituciones puedan celebrar sesiones en otros lugares de Andalucía de acuerdo con lo que establezcan, respectivamente, el Reglamento del Parlamento y la ley.

2. La sede del Tribunal Superior de Justicia es la ciudad de Granada, sin perjuicio de que algunas Salas puedan ubicarse en otras ciudades de la Comunidad Autónoma.

3. Por ley del Parlamento andaluz se podrán establecer sedes de organismos o instituciones de la Comunidad Autónoma en distintas ciudades de Andalucía, salvo aquellas sedes establecidas en este Estatuto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007