Articulo 4 Racionalización y uso eficiente del agua en el sector turístico, mitigación y adaptación al cambio climático de los destinos turísticos de Andalucía
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»Artículo 4. Modificación del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, por el que se regulan las viviendas de uso turístico.
Vigente
El Decreto 28/2016, de 2 de febrero, por el que se regulan las viviendas de uso turístico, queda modificado como sigue:
Se modifica la letra e) del apartado 1 del artículo 6, que queda redactada como sigue:
«e) Disponer de refrigeración centralizada o no centralizada por elementos fijos o portátiles en las habitaciones y salones, cuando el período de funcionamiento comprenda los meses de mayo, junio, julio y agosto. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito a las construcciones tipo cueva.»