Articulo 4 Proceso monitorio europeo
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»Artículo 4. Proceso monitorio europeo
Vigente
Se establece el proceso monitorio europeo para el cobro de créditos pecuniarios, de importe determinado, vencidos y exigibles en la fecha en que se presenta la petición de requerimiento europeo de pago.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2006 en vigor desde 31-12-2006