Articulo 4 Patrimonio de C. Valenciana
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»Artículo 4. Clasificación.
Vigente
1. Los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Generalitat se clasifican en de dominio público o demaniales y de dominio privado o patrimoniales.
2. Los bienes de dominio público serán de uso o servicio público.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 12-04-2003