Articulo 4 Patrimonio de C Valenciana

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Artículo 4. Clasificación.

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1. Los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Generalitat se clasifican en de dominio público o demaniales y de dominio privado o patrimoniales.

2. Los bienes de dominio público serán de uso o servicio público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 12-04-2003