Articulo 4 ordenación general de la formación profesional del sistema educativo
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»Artículo 4. La ordenación de la formación profesional.
Vigente
Las enseñanzas de la formación profesional del sistema educativo se ordenan en.
a) Los módulos profesionales específicos de los programas de cualificación profesional inicial.
b) Los ciclos formativos de grado medio.
c) Los ciclos formativos de grado superior.
d) Los cursos de especialización.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-07-2011 en vigor desde 31-07-2011