Articulo 4 Nuevas medidas excepcionales en terrenos forestales para prevenir incendios forestales en épocas de peligro medio y alto
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»Cuarto. Publicación.
Vigente
La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de conformidad con el artículo 48.7 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Asimismo, se notificará de forma inmediata a las autoridades locales y se informará al conjunto de la población afectada de la adopción de estas medidas preventivas e instrucciones, a través de los medios que garanticen su máxima difusión.