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Articulo 4 Normas de cooperación e intercambio de información en relación con mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo

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Artículo 4. Solicitud de descarga de información si la autoridad requirente conoce el código administrativo de referencia de un movimiento

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1. Si la autoridad requirente conoce el código administrativo de referencia del documento administrativo electrónico o del documento administrativo electrónico simplificado al amparo del cual se realiza un movimiento, asignado de conformidad con el artículo 20, apartado 3, párrafo tercero, o con el artículo 36, apartado 2, párrafo tercero, de la Directiva (UE) 2020/262, podrá solicitar cualquier documento mencionado en el anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2022/1636 y cualquier otro documento relativo a ese movimiento.

Para ello, la autoridad requirente enviará una "Solicitud de descarga correspondiente a un movimiento", tal como establece el cuadro 1 del anexo I, a la autoridad requerida del Estado miembro de expedición. La solicitud especificará el código administrativo de referencia del documento administrativo electrónico o del documento administrativo electrónico simplificado al amparo del cual se realice el movimiento.

2. Si la autoridad requerida conoce el código administrativo de referencia, responderá a las solicitudes formuladas con arreglo al apartado 1 mediante una «Respuesta a una solicitud de descarga correspondiente a un movimiento», tal como establece el cuadro 2 del anexo I, indicando el estado de dicho movimiento.

La autoridad requerida enviará asimismo un documento relativo a los "Antecedentes de un movimiento", tal como establece el cuadro 3 del anexo I, con una copia del documento administrativo electrónico o del documento administrativo electrónico simplificado al amparo del cual se realice el movimiento y de todos los demás documentos relativos al mismo.

3. Si la autoridad requerida desconoce el código administrativo de referencia, responderá a las solicitudes formuladas con arreglo al apartado 1 mediante una «Respuesta a una solicitud de descarga correspondiente a un movimiento», indicando en el elemento de dato «Estado»«nada».

(NOTA: Apdos. 1 y 2 aplicables a partir del 13 de febrero de 2023)