Articulo 4 Normas para co... o cedidos

Articulo 4 Normas para confección, pago y presentación de autoliquidaciones y otras declaraciones relativas a tributos propios o cedidos

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Artículo 4. Sistemas de identificación y firma electrónica.

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Los interesados en las actuaciones relativas al objeto de esta Orden podrán identificarse electrónicamente ante la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante la plataforma de identificación y firma de usuarios Cl@ve, plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal, permitiendo así la identificación mediante las modalidades de Cl@ve Pin, Cl@ve Permanente o Certificado electrónico.

En las actuaciones con la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón relativas al objeto de esta Orden, se considerará válida, a efectos de firma electrónica, la plataforma de identificación de usuarios Cl@ve, plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica, permitiendo así la firma mediante las modalidades de Cl@ve Firma o Certificado electrónico.

Mediante el uso de esta plataforma se garantiza la identificación y firma mediante certificado electrónico reconocido conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.