Articulo 4 Normas para confección, pago y presentación de autoliquidaciones y otras declaraciones relativas a tributos propios o cedidos
Artículo 4. Sistemas de identificación y firma electrónica.
Los interesados en las actuaciones relativas al objeto de esta Orden podrán identificarse electrónicamente ante la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante la plataforma de identificación y firma de usuarios Cl@ve, plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal, permitiendo así la identificación mediante las modalidades de Cl@ve Pin, Cl@ve Permanente o Certificado electrónico.
En las actuaciones con la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón relativas al objeto de esta Orden, se considerará válida, a efectos de firma electrónica, la plataforma de identificación de usuarios Cl@ve, plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica, permitiendo así la firma mediante las modalidades de Cl@ve Firma o Certificado electrónico.
Mediante el uso de esta plataforma se garantiza la identificación y firma mediante certificado electrónico reconocido conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Artículo modificado por ORDEN HAP/1533/2021, de 4 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAP/1225/2017, de 7 de agosto, por la que se regulan las normas comunes del procedimiento para la confección, pago y presentación de autoliquidaciones tributarias relativas a los tributos propios o cedidos gestionados por la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como las especialidades derivadas de los trámites efectuados por medios electrónicos.
(BOA de 22-11-2021) en vigor desde 23-11-2021