Articulo 4 Medidas urgent...económicos

Articulo 4 Medidas urgentes en materia del servicio público discrecional del transporte de personas viajeras y en otras materias vinculadas a sectores económicos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 4. Procedimiento excepcional para otorgar licencias temporales de autotaxi

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Excepcionalmente, para el año 2023, los ayuntamientos podrán otorgar licencias temporales de autotaxi sin la previa aprobación del plan regulador establecido en el artículo 53.4 de la Ley 4/2014.

2. Durante el año 2023 los ayuntamientos podrán otorgar licencias temporales de autotaxi mediante un acto administrativo motivado que determine su adjudicación, las condiciones de prestación del servicio, el número mínimo y máximo, las condiciones a las que tiene que ajustarse, los derechos y las obligaciones, la cuantía de la tasa, los supuestos de revocación, los plazos de duración y el resto de condiciones que consideren adecuadas o necesarias.

3. Los ayuntamientos que tengan el plan de licencias estacionales aprobado y en vigor deberán ajustarse a las determinaciones del plan.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-03-2023 en vigor desde 10-03-2023