Articulo 4 Medidas urgent...o REACT-EU

Articulo 4 Medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU

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Artículo 4. Identificación y seguimiento de los créditos presupuestarios

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4.1 Los créditos presupuestarios financiados con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU deberán estar identificados con un código de fondo de financiación específica respectivamente.

4.2 Los gastos imputados a los diferentes proyectos o iniciativas deben estar identificados mediante el código de referencia único del proyecto o iniciativa que haya asignado la autoridad de gestión nacional del programa o mecanismo comunitario correspondiente, así como el de la entidad a la que correspondan.

En estas operaciones de gasto también se identificará el código de convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) o el número de identificación del contrato en la Plataforma de contratación del sector público, según corresponda.

4.3 Las entidades que no utilizan los sistemas corporativos de información contable deben identificar el gasto realizado en los proyectos o iniciativas financiadas con los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y con el fondo REACT-EU, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4.1 y 4.2anteriores, según corresponda, de forma que se pueda hacer un seguimiento con la periodicidad y los formatos que determine el departamento competente en materia de finanzas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-02-2021 en vigor desde 05-02-2021