Articulo 4 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 1999 de la Generalitat
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»Artículo 4. Tasa por otros servicios administrativos.
Vigente
Se añade un nuevo artículo, el número 33 bis a la Ley 12/1997 de 23 de diciembre, del siguiente tenor:
«Artículo 33 bis. Exenciones.
Están exentos del pago de la tarifa 1, "Admisión a pruebas de habilitación", del artículo siguiente, los sujetos pasivos con discapacidad igual o superior al 33 por 100.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1999 en vigor desde 01-01-2000