Articulo 4 Medidas extrao...ca fluvial

Articulo 4 Medidas extraordinarias para hacer frente a la sequía excepcional en el distrito de cuenca fluvial

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Artículo 4. Suspensión temporal de aprovechamientos

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La Agencia Catalana del Agua puede ordenar la suspensión de las captaciones de agua de recursos superficiales y subterráneos por usos diferentes al abastecimiento de población durante un período máximo de 48 horas, cuando exista el riesgo de interrupción en las operaciones de captación y tratamiento de agua para el abastecimiento de poblaciones en el ámbito de un municipio o unidad de explotación que se encuentre en situación declarada de sequía hidrológica.

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  • Texto Original. Publicado el 02-03-2023 en vigor desde 02-03-2023