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Articulo 4 Integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial

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Artículo 4. Competencias del Consell

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En materia de reto demográfico y lucha contra el despoblamiento, corresponde al Consell:

a) Establecer las directrices de la acción autonómica en materia de reto demográfico y lucha contra el despoblamiento en la Comunitat Valenciana, que serán puestas en marcha por el órgano competente, y coordinadas a través de la Comisión Interdepartamental del Consell creada a tal efecto.

b) Impulsar la aplicación transversal de la perspectiva demográfica y territorial de lucha contra el despoblamiento en la acción de la Generalitat, así como el seguimiento y la evaluación de su efectividad.

c) Aprobar una planificación estratégica ante el reto demográfico y el despoblamiento en la Comunitat Valenciana, con un horizonte temporal de al menos diez años, que incluya un mecanismo de evaluación y revisión. El órgano competente en materia de políticas contra el despoblamiento se encargará de la elaboración y seguimiento de dicha planificación, y de informar regularmente al Consell sobre la misma.

d) Impulsar que cualquier disposición legal permita una adaptación de la normativa a las peculiaridades y dificultades en los ayuntamientos pequeños, con el fin de favorecer una mejor prestación de los servicios, así como fomentar la actividad económica y la creación de puestos de trabajo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-04-2023 en vigor desde 11-05-2023