Articulo 4 Instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 4. Ámbito de aplicación.
Vigente
El presente título se aplica a los valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta.
A los pagarés con vencimiento inferior a 365 días les serán de aplicación, con las adaptaciones que, en su caso, sean precisas, las reglas previstas en este título para los valores negociables.