Articulo 4 Infancia y Adolescencia
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Artículo 4. Valor social de la infancia.

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Se reconoce el valor social de las niñas, niños y adolescentes como personas que realizan un aporte afectivo, cultural y ético al caudal social, y cuyo protagonismo, creatividad y posicionamiento activo enriquecen la vida colectiva. Su presencia en los espacios públicos y en las organizaciones representa un indicador fundamental de calidad del entorno social. El valor social de la infancia, no solo se basará en la consideración de que serán personas adultas, sino que se refiere a la vivencia presente de ser niños, niñas y adolescentes y disfrutar vitalmente de su condición.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2021 en vigor desde 30-08-2021