Articulo 4 Garantía de In...ión Social

Articulo 4 Garantía de Ingresos e Inclusión Social

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Artículo 4.- Modelo de atención.

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El Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inserción Social obedecerá, en sus principios generales de actuación, en el diseño y planificación de sus instrumentos de actuación y en la práctica de sus intervenciones, al modelo de atención personalizada y de proximidad, ajustado al enfoque comunitario de la atención. En ese marco, otorgará prioridad a las actuaciones de prevención, facilitará, siempre que resulte posible y conveniente, la atención de las personas en su entorno habitual y garantizará la adaptación de las intervenciones a las necesidades de la persona o de la unidad convivencial, el carácter integral de dichas intervenciones y la continuidad de los itinerarios de atención.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2008 en vigor desde 01-01-2009