Articulo 4 Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración
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»Artículo 4. Derechos de los ciudadanos.
Vigente
Los ciudadanos gozarán, en sus relaciones con la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos, de los derechos reconocidos con carácter general en la legislación básica del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y de cuantos estén establecidos en las disposiciones aplicables en cada caso.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-06-2005 en vigor desde 07-09-2005