Articulo 4 establece el Título de Técnico en Piedra Natural y se fijan sus enseñanzas mínimas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 4. Competencia general.
Vigente
La competencia general de este título consiste en extraer y elaborar piedra natural según las técnicas y procesos establecidos, así como en colocarla y restaurarla, manejando y manteniendo herramientas y maquinaria, y cumpliendo con las especificaciones de calidad, seguridad laboral y protección ambiental.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-12-2011 en vigor desde 16-12-2011