Articulo 4 Educación de I Balears

Articulo 4 Educación de I. Balears

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Artículo 4. Ordenación general del sistema educativo

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1. El sistema educativo de las Illes Balears se estructura de acuerdo con el marco normativo existente según las competencias del Estado y las propias de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

2. Son enseñanzas obligatorias las comprendidas en la educación básica, que incluye:

a) La educación primaria.

b) La educación secundaria obligatoria.

3. Son enseñanzas gratuitas y universales las enseñanzas siguientes:

a) El segundo ciclo de educación infantil.

b) La educación primaria.

c) La educación secundaria obligatoria.

d) La formación profesional de grado básico que, en el marco de la normativa básica, conduce al título de graduado en educación secundaria obligatoria.

4. Son enseñanzas no obligatorias del sistema educativo no universitario de las Illes Balears:

a) El primer ciclo de educación infantil.

b) El bachillerato.

c) La formación profesional de grado medio y de grado superior y los cursos de especialización.

d) Las enseñanzas de régimen especial.

e) La educación permanente de personas adultas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022