Articulo 4 Economía Social
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»Artículo 4.- Ámbito de aplicación.
Vigente
La presente ley es de aplicación al conjunto de entidades de economía social cuyo domicilio social radique en la Comunidad Autónoma de Canarias con su centro efectivo de administración y dirección o su principal establecimiento o explotación, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder al Estado.