Articulo 4 Deporte de Navarra
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»Artículo 4. Principio de colaboración.
Vigente
La organización institucional del deporte en Navarra seguirá los principios de coordinación administrativa, de colaboración con las entidades públicas o privadas y de participación de las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-2001 en vigor desde 16-08-2001