Articulo 4 Deporte de Galicia

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Artículo 4. Principios generales.

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En el ámbito de sus respectivas competencias, las administraciones públicas gallegas fomentarán la práctica del deporte conforme a los siguientes principios:

  1. El fomento y la protección del derecho al conocimiento y a la práctica del deporte, así como la divulgación de los beneficios inherentes a éste en orden a su máxima generalización.

  2. La promoción del deporte en sectores sociales especiales por razón de edad, condición física o psíquica, o situación personal.

  3. La adecuada utilización del medio natural para la práctica deportiva, y su compatibilización con la protección del medio ambiente.

  4. La promoción y difusión del deporte gallego en los ámbitos supraautonómicos, así como de la participación de las selecciones gallegas en éstos.

  5. La promoción y difusión del conocimiento y de la enseñanza del deporte, cuidando especialmente la práctica deportiva en edad escolar y universitaria.

  6. El fomento del asociacionismo deportivo.

  7. La promoción del deporte de competición y de alto nivel en colaboración con las federaciones deportivas y demás entidades con competencia en materia de deporte.

  8. La incentivación de la colaboración y del patrocinio privados en el ámbito deportivo.

  9. El fomento de una adecuada protección, asistencia médica y sanitaria de los deportistas, así como el control de las medidas de seguridad y salubridad de las instalaciones deportivas.

  10. La planificación y promoción de una red de instalaciones deportivas que posibilite la generalización práctica de la actividad deportiva.

  11. El impulso y la coordinación de la formación, de la investigación científica y del desarrollo tecnológico del deporte.

  12. La colaboración en la erradicación de la violencia en el deporte, el fomento del juego limpio, así como la lucha contra el uso y manejo de sustancias prohibidas destinadas a alterar artificialmente el rendimiento de los deportistas.

  13. La promoción de la cualificación y regulación profesional en el deporte.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-04-2012 en vigor desde 14-04-2012