Articulo 4 Deporte y la Actividad Física
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Artículo 4. Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana

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1. Las competencias en materia de deporte y actividad física de las distintas administraciones públicas de la Comunitat Valenciana se ejercerán bajo los principios de colaboración, coordinación e información interinstitucional. A tal efecto, se establecerán los mecanismos necesarios entre las diversas administraciones con el fin de racionalizar y coordinar todas las acciones y medios disponibles.

2. Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana promoverán el deporte y la actividad física, prestando su apoyo tanto al deporte de competición debidamente organizado como a las actividades deportivas libres y espontáneas.

3. Corresponderá a las administraciones de la Comunitat Valenciana apoyar y promover las acciones encaminadas al desarrollo del deporte y la actividad física de las personas atendiendo a su diversidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-03-2011 en vigor desde 25-03-2011