Articulo 4 Cualificación ... carretera

Articulo 4 Cualificación inicial y formación continua de conductores de vehículos destinados al transporte por carretera

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Artículo 4. Modalidades de obtención del certificado de cualificación inicial de los conductores.

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El certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores podrá obtenerse en las modalidades ordinaria o acelerada.

En ambas modalidades deberá superarse un curso de formación obligatoria, integrado por clases presenciales y formación práctica, pudiendo incluir formación impartida mediante tecnologías de la información y la comunicación y/o simuladores de alto nivel, además de un examen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-04-2021 en vigor desde 25-04-2021