Articulo 4 Consejo Valenc... Sociales

Articulo 4 Consejo Valenciano de Inclusión y Derechos Sociales, consejos locales y zonales de inclusión, órgano de concertación y Observatorio del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales

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Artículo 4. Sede

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El CVIDS tendrá su sede en la ciudad de València, en una dependencia de la conselleria competente en materia de servicios sociales, sin perjuicio de que pueda celebrar sesiones en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.