Articulo 4 Consejo Consultivo de Asturias
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»Artículo 4. Composición.
Vigente
El Consejo Consultivo del Principado de Asturias estará compuesto por cinco Vocales, de entre los cuales se designará a quien haya de ostentar la Presidencia, y estará asistido por un Secretario o Secretaria General.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-11-2004 en vigor desde 24-11-2004