Articulo 4 Censo de espac...sponsables

Articulo 4 Censo de espacios de cultura responsables

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 4. Declaraciones responsables y documentación de la solicitud

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


1. Los solicitantes deben presentar, mediante el formulario de solicitud, las siguientes declaraciones responsables:

a) Que en el espacio correspondiente se desarrollan mayoritariamente actividades culturales.

b) Que el espacio cultural cumple las medidas sanitarias mencionadas a la letra a) del artículo 2 y que se ha aprobado un protocolo sanitario para el espacio para prevenir la COVID-19.

c) Que llevan a cabo las medidas de información pertinentes a los asistentes a las actividades culturales para prevenir el contagio de la COVID-19.

d) Que se dispone de un seguro de responsabilidad civil para las actividades que se llevan a cabo.

e) Que se comprometen a adoptar y aplicar programas de actuación de inclusión social a las que hace referencia la letra b) del artículo 2.

2. Los solicitantes deben aportar copia de la documentación acreditativa de la representación con la que la persona firmante actúa si no se ha inscrito en un registro público. No es necesario aportar esta documentación si la firma electrónica acredita que la persona firmante tiene poderes suficientes para actuar en nombre de la persona representada o si ha presentado esta documentación a la Administración de la Generalidad, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde que se presentó y que no haya sufrido ninguna modificación. En este último supuesto, hay que indicar la fecha y el órgano o la dependencia ante la cual se presentó y el procedimiento al que hacía referencia.

3. El departamento competente en materia de cultura debe comprobar de oficio los siguientes datos:

a) Los datos identificativos de la persona firmante y la representación con la que actúa cuando esta esté inscrita en un registro público.

b) Los datos relativos a la personalidad jurídica de la entidad titular o gestora del espacio cultural y su capacidad de obrar.

Se presume que la consulta de datos de carácter personal está autorizada por la persona firmante, a no ser que conste en la solicitud su oposición expresa. En caso de oposición, debe aportarse, junto con la solicitud, una copia de los documentos acreditativos correspondientes.

4. El departamento competente en materia de cultura puede requerir a las personas o entidades solicitantes que aporten la documentación acreditativa o complementaria que sea necesaria para resolver el procedimiento.

5. En el caso de que el solicitante no presente alguno de los documentos mencionados, el departamento competente en materia de cultura debe requerirle para que los presente en el plazo de diez días hábiles mediante una notificación por medios telemáticos. La no presentación de la documentación correspondiente en el plazo establecido implica el desistimiento de la solicitud, que se declara a través de resolución de la persona titular del departamento competente en materia de cultura.

6. La inexactitud, la falsedad o la omisión de carácter esencial de cualquier dato, declaración o documento que acompañe la solicitud puede conllevar la denegación de la solicitud o, si se conoce con posterioridad a la inclusión en el Censo, su exclusión.