Articulo 4 Autorización de parques eólicos
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»Artículo 4. Inicio del procedimiento.
Vigente
Quienes deseen promover parques eólicos podrán presentar la solicitud de autorización administrativa previa ante la Dirección General competente en materia de energía de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-05-2019 en vigor desde 17-05-2019