Articulo 39 Reglamento marco de organización de las Policías Locales
Artículo 39.
1. Para participar en el concurso-oposición para proveer plazas mediante promoción interna, deberán:
a) Tener una antigüedad mínima de dos años en el empleo de Guardia o Policía, cuando se opte al empleo de Cabo u oficial .
b) Tener una antigüedad mínima de dos años en el empleo de Cabo u Oficial, y estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, cuando se opte a la plaza de Sargento o Subinspector.
c) Tener una antigüedad mínima de dos años en el empleo de Sargento o Subinspector, y estar en posesión de un título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, cuando se opte a la plaza de Suboficial o Inspector.
2. La Corporación podrá exigir como requisito haber superado previamente un curso de perfeccionamiento en relación con el empleo a que se aspire.
- Texto Original. Publicado el 03-01-1992 en vigor desde 04-01-1992