Articulo 39 Reglamento General de Costas

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Artículo 39. Cesión gratuita de los terrenos desafectados.

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Los terrenos desafectados conforme a lo previsto en el artículo anterior podrán ser objeto de cesión gratuita en los términos previstos en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2014 en vigor desde 12-10-2014