Articulo 39 Reglamento General de Costas
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»Artículo 39. Cesión gratuita de los terrenos desafectados.
Vigente
Los terrenos desafectados conforme a lo previsto en el artículo anterior podrán ser objeto de cesión gratuita en los términos previstos en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-10-2014 en vigor desde 12-10-2014