Articulo 39 Régimen Fisca...operativas

Articulo 39 Régimen Fiscal de las Cooperativas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 39. Retenciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


No estarán sujetos a retención los rendimientos del capital mobiliario satisfechos entre las entidades miembros del grupo de sociedades cooperativas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-05-1997 en vigor desde 30-05-1997