Articulo 39 Protección general de las personas consumidoras y usuarias
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»Artículo 39. Imagen de una empresa.
Vigente
Toda publicidad o comunicación dirigida a los consumidores realizada por una empresa a fin de mostrar una imagen favorable sobre la misma deberá ajustarse al principio de veracidad, sin que pueda generar cualquier tipo de engaño o confusión en los consumidores.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2012 en vigor desde 01-05-2012