Articulo 39 Presupuestos 2014 Catalunya

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Artículo 39. Avales de la Generalidad

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1. Se autoriza al Gobierno a conceder el aval de la Generalidad en las operaciones de crédito formalizadas al amparo de la autorización concedida por el artículo 37 por las entidades de derecho público y las sociedades mercantiles participadas totalmente por la Generalidad.

2. Los avales a los que se refiere el apartado 1 deben ser autorizados por el Gobierno, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de presupuestos y del consejero o consejera del departamento interesado por razón de la materia, y debe firmarlos el consejero o consejera competente en materia de presupuestos o la autoridad en quien delegue expresamente.

3. Se autoriza al Gobierno a conceder el aval de la Generalidad en sustitución de avales concedidos por el Instituto Catalán de Finanzas a operaciones de crédito y cobertura de riesgo de tipos de interés de Infraestructures de la Generalitat de Catalunya, SAU.

4. Se autoriza al Gobierno a prestar el aval, durante el ejercicio 2014, a las operaciones de préstamo o anticipos reembolsables concedidos por la Administración general del Estado al Parc Científic de Barcelona en virtud de las convocatorias dirigidas a parques científicos y tecnológicos efectuadas desde el año 2000. El importe máximo de este aval es de 42.100.000 euros.

5. Se autoriza al Gobierno a prestar avales hasta una cuantía máxima global, en 2014, de 15.000.000 de euros, en garantía de las operaciones financieras que suscriban las cooperativas agrarias con sección de crédito inscritas en el Registro General de Cooperativas. Estas operaciones financieras deben tener como objeto la devolución a sus titulares de los fondos depositados en las secciones de crédito, siempre que los socios hayan acordado la baja de la correspondiente sección de crédito previamente a la formalización del aval. Dicho aval cubre como máximo el 75% de la operación de financiación, y los miembros del consejo rector de la cooperativa deben garantizar en todo momento el porcentaje complementario, ampliando estas garantías a los socios de la cooperativa si así lo determina la entidad que otorga la financiación en función del riesgo de cada operación.

6. Se autoriza al Gobierno a prestar el aval a Circuits de Catalunya, SL, frente al contrato promotor con Formula One World Championship Limited (FOWC), para garantizar el pago de los derechos contractuales para la organización de los grandes premios de la Fórmula 1 de los años 2014 y 2015. El importe máximo de cada uno de estos avales no puede superar los 23.600.000 dólares americanos para el año 2014 y los 24.400.000 dólares americanos para el año 2015.

7. En caso de modificación, refinanciación o sustitución de operaciones de entidades de derecho público y sociedades mercantiles totalmente participadas por la Generalidad, con o sin aval de la Generalidad, se autoriza al Gobierno a otorgar el aval de la Generalidad a las operaciones que se produzcan resultantes de las modificaciones, la refinanciación o la sustitución.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014