Articulo 39 Plan General de Ordenación Forestal
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Artículo 39. Criterios de gestión selvícola.

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1. Los métodos y criterios de manejo de la cobertura vegetal serán los adecuados para conducir la dinámica forestal hacia los objetivos previstos. El criterio general se basa en una gestión que refleje, en la medida de lo posible, los procesos que se desarrollan en el medio natural, dejándolo actuar o adelantándose a las acciones que la misma naturaleza llevaría a cabo de manera paulatina.

2. A tales efectos, en todos los casos se valorará la alternativa de no intervenir en aquellos espacios de excepcional valor ecológico o elevada singularidad o excepcionalidad de sus valores en su entorno, siempre que la dinámica natural de regeneración de los ecosistemas esté garantizada. Esta opción deberá tener en cuenta la presencia de condiciones de riesgo de incendio forestal, plagas u otros riesgos donde exista una escasa actividad antrópica o en zonas sometidas a protección especial