Articulo 39 Normas de uni...rdia Civil

Articulo 39 Normas de uniformidad de la Guardia Civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 39. Distintivo de nacionalidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Indica la pertenencia de quien lo porte a la Guardia Civil española, facilitando así su identificación.

2. El distintivo se ostentará sobre el uniforme de servicio, así como sobre los uniformes específicos en que así se determine.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-03-2023 en vigor desde 24-03-2023