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Articulo 39 medidas fiscales y administrativas 2015 de Galicia

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Artículo 39. Procedimiento para la obtención de la autorización comercial autonómica

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Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 32 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior de Galicia, que queda redactado como sigue.

«1. La autorización comercial autonómica será concedida mediante resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de comercio. El procedimiento para el otorgamiento de dicha autorización se tramitará ante la dirección general competente en materia de comercio e integrará la intervención de la administración urbanística, cuando esta resulte preceptiva, y del resto de las administraciones con competencias sectoriales afectadas».

Dos. Se modifica la letra d) del apartado 3 del artículo 32 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior de Galicia, que queda redactada como sigue:

«d) Licencia urbanística, en el caso de que esta resultase preceptiva, e informe del ayuntamiento en cuyo término municipal se pretenda instalar el establecimiento comercial, que deberá pronunciarse sobre el cumplimiento de los criterios b), c), d) y e) del apartado anterior, además del cumplimiento de todas las normas que habilitan la apertura del establecimiento.

A estos efectos, en el supuesto de que la licencia de obra sea preceptiva, el procedimiento correspondiente quedará integrado en el de otorgamiento de la autorización comercial autonómica. Durante la tramitación municipal de la licencia de obra se entiende suspendido el procedimiento para resolver la autorización autonómica».

Tres. Se modifica el apartado 5 del artículo 32 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior de Galicia, que queda redactado como sigue:

«5. Completado el expediente con la documentación exigida en los puntos anteriores, se remitirá a la comisión consultiva prevista en el artículo 20.3 de la presente ley, con el objeto de que efectúe la propuesta de resolución. La comisión consultiva podrá, en este trámite, solicitar ampliación o aclaración de los informes emitidos».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016