Articulo 39 Juventud de La Rioja
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»Artículo 39. Formación juvenil no formal.
Vigente
La formación juvenil no formal constituye un servicio básico para la eficacia de la política de promoción juvenil, en particular la relativa al tiempo libre desarrollada a través de las escuelas de ocio y tiempo libre. Su regulación se establece en el título lll de la presente ley.