Articulo 39 Juventud de Murcia

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Artículo 39.- Promoción artística y cultural.

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1. El Instituto de la Juventud de la Región de Murcia, promoverá las condiciones que faciliten el uso por parte de la población joven de las instalaciones y equipamientos de carácter social destinados al fomento, promoción y difusión de la actividad cultural o artística.

2. Asimismo, en cooperación con las corporaciones locales, promoverá.

- La creación artística y cultural por parte del la población joven.

- La participación de jóvenes creadores en iniciativas culturales y artísticas dirigidas a la población joven.

- La difusión del arte y la cultura emergentes entre la población joven.

- La colaboración con entidades privadas en actuaciones culturales dirigidas a la población joven.

- Acciones que supongan ayudas económicas para jóvenes artistas.

- Actividades formativas de jóvenes artistas.

- El fomento de la formación cultural entre la población joven, con el objetivo de afianzar y arraigar hábitos culturales en la misma.