Articulo 39 Juventud de Murcia
Artículo 39.- Promoción artística y cultural.
1. El Instituto de la Juventud de la Región de Murcia, promoverá las condiciones que faciliten el uso por parte de la población joven de las instalaciones y equipamientos de carácter social destinados al fomento, promoción y difusión de la actividad cultural o artística.
2. Asimismo, en cooperación con las corporaciones locales, promoverá.
- La creación artística y cultural por parte del la población joven.
- La participación de jóvenes creadores en iniciativas culturales y artísticas dirigidas a la población joven.
- La difusión del arte y la cultura emergentes entre la población joven.
- La colaboración con entidades privadas en actuaciones culturales dirigidas a la población joven.
- Acciones que supongan ayudas económicas para jóvenes artistas.
- Actividades formativas de jóvenes artistas.
- El fomento de la formación cultural entre la población joven, con el objetivo de afianzar y arraigar hábitos culturales en la misma.