Articulo 39 Juventud de Galicia

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Artículo 39. Naturaleza y objeto

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Se crea el Comité Gallego de Políticas de Juventud como el órgano colegiado de coordinación interdepartamental e interinstitucional adscrito a la consejería competente en materia de juventud.

Su misión es la de establecer las bases que vertebren el Plan estratégico de juventud de Galicia, de forma que se consiga la transversalidad y coordinación con las distintas consejerías de la Xunta de Galicia en las políticas públicas en materia de juventud.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2012 en vigor desde 09-08-2012