Articulo 39 Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 39. Importe.
Vigente
El importe se fijará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales, atendiendo al número de menores y jóvenes existentes en la unidad económica de convivencia independiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2021 en vigor desde 12-07-2022