Articulo 39 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Madrid
Articulo 39 Espectáculos ... de Madrid

Articulo 39 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Madrid

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 39. Infracciones leves.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Serán infracciones leves:

1) El incumplimiento de los horarios de inicio o final de un espectáculo y de apertura y cierre de los establecimientos públicos.

2) La falta de limpieza o higiene en los establecimientos.

3) (Suprimido)

4) Cualquiera otra que constituya incumplimiento de las obligaciones o vulneración de las prohibiciones establecidas en la presente Ley y demás normativa de la Comunidad de Madrid* en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, cuando no proceda su calificación como infracción grave o muy grave. (*NOTA: Se declara la inconstitucionalidad del inciso destacado de este apdo. 4)