Articulo 39 Derechos Culturales

Articulo 39 Derechos Culturales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 39. Fondos a los emprendimientos culturales y acceso al crédito.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El departamento competente en materia de cultura, por sí mismo o en colaboración con otros Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral u otras entidades, procurará la creación de fondos u otros instrumentos financieros que faciliten el crédito a las micro y pequeñas empresas de los sectores culturales; así como cualquier otra medida que aliente la creación, desarrollo y expansión de los emprendimientos culturales y la producción de bienes y servicios culturales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-01-2019 en vigor desde 26-01-2019