Articulo 39 Deporte de C León -Derogada-

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Artículo 39. Principios rectores.

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La actividad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en materia deportiva estará inspirada en los siguientes principios rectores, con vistas a la recuperación, mantenimiento y desarrollo de los juegos y deportes autóctonos y tradicionales como parte integrante de la cultura de esta Comunidad Autónoma:

  1. La organización de actividades deportivas que contribuyan a fortalecer la identidad propia.

  2. La formación continua y perfeccionamiento de los técnicos deportivos.

  3. El establecimiento de programas dirigidos a la iniciación deportiva de los jóvenes en edad escolar.

  4. La divulgación y enseñanza de estas modalidades deportivas en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León y en el exterior de su ámbito territorial.

  5. El establecimiento de líneas de financiación preferente a las Federaciones Deportivas de Castilla y León que incluyan juegos y deportes autóctonos y tradicionales.

  6. El fomento de la investigación histórica, científica y técnica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-04-2003 en vigor desde 24-04-2003