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Articulo 39 Cambio climático y la transición ecológica

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Artículo 39. Infraestructuras portuarias

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1. La Generalitat Valenciana aprobará planes de sostenibilidad de los puertos de su competencia, en los cuales se valorará para las embarcaciones una oferta de puntos de conexión para el suministro o la recarga eléctrica y de suministro de gas natural, así como medidas que incentiven el uso de embarcaciones menos contaminantes.

2. Se promoverá el aprovechamiento de la energía de fuentes renovables en los puertos de competencia autonómica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2022 en vigor desde 10-12-2022