Articulo 39 Actividad física y deporte de Canarias
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»Artículo 39. Premios.
Vigente
La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias podrá efectuar convocatorias de carácter autonómico para otorgar distinciones, premios, trofeos o ayudas a actividades, personas o entidades particularmente cualificadas en la promoción del deporte canario.
Reglamentariamente se podrán establecer las condiciones de su otorgamiento y aplicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-02-2019 en vigor desde 08-02-2019